Breve Historia
El Instituto Nacional de Carnes (INAC) es una persona pública no estatal creada por el Decreto-ley Nº 15.605, de 27 de julio de 1984, para la proposición, asesoramiento y ejecución de la Política Nacional de Carnes cuya determinación corresponde al Poder Ejecutivo.
En cumplimiento de dichos fines el INAC tiene el objetivo promover, regular, coordinar y vigilar las actividades de producción, transformación, comercialización, almacenamiento y transporte de carnes bovina, ovina, equina, porcina, caprina, de ave, de conejo y animales de caza menor, sus menudencias, sub-productos y productos cárnicos.
El INAC está dirigido y administrado por una Junta de ocho miembros, integrada por dos delegados del Poder Ejecutivo, designados uno de ellos a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en calidad de Presidente, y el otro en calidad de Vicepresidente, a propuesta del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y cuatro representantes del sector privado: tres en representación de los productores rurales, uno por la Asociación Rural, otro por la Federación Rural y tercero compartido entre la Comisión Nacional de Fomento Rural y las Cooperativas Agrarias Federadas y tres en representación de los sectores industriales por Cámara de la Industria Frigorífica, Asociación Frigorífica del Uruguay y Asociación de Plantas de Faena Mercado Interno.
El actual INAC -que reconoce como primer antecedente el organismo que con el mismo nombre fue creado hace 50 años por el Decreto Nº 601/967, de 8 de setiembre de 1967- se estructura sobre la base del anterior INAC y de la Comisión Administradora de Abasto (CADA), organismos que hasta la aprobación del mencionado Decreto-ley Nº 15.605 regulaban los aspectos vinculados a la exportación y el abasto interno, respectivamente.
En el entendido de que abasto y exportación son dos facetas de una misma actividad económica, la fusión de estos últimos organismos en el actual INAC tuvo por objetivo lograr una mayor coherencia en la política de carnes, a partir de una unidad básica de criterios y de coordinación en el desarrollo de ambas facetas.