INAC aprobó una única prórroga hasta esa fecha debido a la solicitud de empresas que llegaron con la gestión al cierre del plazo.
El 25 de julio vencerá el plazo para realizar esta gestión ante el Instituto, que obliga a los establecimientos de faena, a los de desosado, a los industrializadores de productos cárnicos, a los depósitos habilitados para exportación, importadores y exportadores.
También deben realizar esta gestión los establecimientos elaboradores e industrializadores de alimentos para animales, los depósitos habilitados para el mercado interno, los establecimientos de faena departamental, faena local y distribuidores en todo el territorio nacional.
Aquellas empresas que no hayan cumplido con esta gestión serán suspendidas en el Registro Único Nacional de Empresas Cárnicas (RUNEC), lo que impedirá su actividad.
Este trámite ha sido fijado por la Resolución #21/042, de 20 de abril de 2021, dictada en el marco de la modernización tecnológica que inició INAC para cumplir con las normas vigentes.
Solo están exceptuadas aquellas empresas que sean titulares exclusivamente de locales de carnicerías y vehículos de transporte para fletear carnes y derivados, cuya mercadería no sea propiedad de la empresa transportista.
Inicie el trámite en línea AQUÍ
Las vías de consultas para las empresas son:
Correo electrónico: registrosinac@inac.uy
WhatsApp : 59899467163, +59899948791 o +59899398289
La atención al público estará disponible lunes y miércoles de 10 a 16 horas.